RÉGIMEN DE VISITAS DE LOS ABUELOS

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El  régimen de visitas de los nietos con los abuelos  es una cuestión que está adquiriendo día a día mayor importancia.

Hasta no hace mucho tiempo, si los padres se negaban a que los abuelos visitaran a los nietos, la situación se dejaba en el olvido.

Sin embargo,  el papel de los abuelos en el desarrollo y estabilidad emocional de los nietos  es muy favorable.

Una estrecha relación personal entre abuelos y nietos es siempre enriquecedora, y no debe caer en el olvido el  legítimo derecho de los abuelos a mantener este contacto.

Si no te dejan ver a tus nietos, en este post vas a descubrir:

  1. Cuáles son tus derechos como abuelo
  2. Cómo puedes ejercerlos
  3. En qué consiste el régimen de visitas de los abuelos

¿Tengo derecho a visitar a mis nietos aunque sus padres se opongan?

Son frecuentes los supuestos en que los abuelos no pueden ver a sus nietos por desavenencias familiares.

Es injusto que por un enfado con tu hijo/a, con su pareja o por el fallecimiento de aquel no te dejen ver a tus nietos.

Pero tranquilo, la ley te protege:

Los abuelos desempeñan un papel fundamental de cohesión y transmisión de valores en la familia, que es el agente de solidaridad por excelencia de la sociedad civil.

Exposición de Motivos de la Ley 21 de noviembre de 2003

No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados.

Artículo 160.2 del Código Civil

Por tanto, las desavenencias con el padre/madre de tus nietos no justifican que te prohíban tenerlos en tu compañía.  No te pueden impedir el derecho a visitarlos o a tener contacto con ellos.

Si tu hijo/a o su pareja se oponen, no te quedes de brazos cruzados, lucha por tus nietos.

Puedes iniciar un procedimiento judicial y solicitar un  régimen de visitas.

¿Tengo derecho a visitar a mis nietos aunque sus padres se divorcien?

Al igual que en los supuestos de enfrentamiento con los padres, en caso de ruptura entre ellos, los abuelos tienen derecho a visitar y comunicarse con sus nietos.

Aunque en caso de ruptura de una pareja, la relación padres-hijos sea la prioritaria, debe prestarse atención a la relación abuelos-nietos.

¿Cómo puedo ejercer el derecho a visitar a mis nietos?

Existen varias formas de solicitar el régimen de visitas de los nietos con los abuelos:

Si los padres no se han divorciado, debes presentar demanda solicitando el derecho de visitas, comunicaciones y estancia con tus nietos.

En caso de  divorcio  de los padres, se podrá incluir en el  convenio regulador  el régimen de visitas de los nietos con sus abuelos.

El convenio regulador deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:

b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.

Artículo 90.1 del Código Civil

En el convenio  se fijarán los días que los abuelos pueden visitar a sus nietos y durante cuánto tiempo, según los intereses y actividades de los niños.

Si no se establece el régimen de visitas en el proceso de divorcio,  lo puedes solicitar judicialmente en cualquier momento  posterior.

En todo caso, el Juez deberá  proteger el  interés superior del menor.

Podrá determinar (el juez), previa audiencia de los padres y de los abuelos, que deberán prestar su consentimiento, el derecho de comunicación y visita de los nietos con los abuelos, teniendo siempre presente el interés del menor.

Artículo 94 del Código Civil

Los  criterios que valorará el Juez  para conceder un régimen de visitas con tus nietos son, entre otros:

  • La edad del menor. No es lo mismo un régimen de visitas de un menor de 2 años que de un menor de 14 años.
  • La relación de los nietos con sus abuelos.
  • Si los nietos han pernoctado fuera de casa o no.
  • Si los padres están divorciados, el Juez tendrá en cuenta el régimen de visitas del progenitor no custodio.

Una vez analizadas las circunstancias de cada caso, se adoptará alguna de las siguientes  decisiones judiciales:

  1. Establecer un régimen de visitas a favor de los abuelos.
  2. Denegar el régimen de visitas de los nietos con los abuelos si existe causa que así lo justifique, atendiendo a la protección del interés del menor. A modo de ejemplo, se considera justa causa para denegar el régimen de visitas que los abuelos ejerzan una mala influencia sobre el nieto hacia un progenitor.

¿En qué consiste el régimen de visitas de los nietos con los abuelos?

El Juez establecerá el  régimen de visitas y comunicación que más favorezca al desarrollo personal y psicológico de los menores.

Durante la infancia de los nietos, los abuelos podrán disfrutar de sus nietos  un fin de semana al mes y dos días en las vacaciones escolares  (Navidad, Semana Santa, verano…), durante unas horas y sin pernocta.

El régimen de visitas  podrá ser progresivo, de forma que se vaya ampliando cuando el nieto va cumpliendo años.

Un régimen de visitas más amplio sería un fin de semana completo al mes, dos días en Navidad y Semana Santa y una semana en verano.

Ahora bien, el régimen de visitas concreto  dependerá de las particularidades y circunstancias que concurran en cada caso concreto.

Es recomendable contactar con un abogado especialista en derecho de familia  para que haga un análisis concreto del caso y te asesore sobre cuál es la mejor forma de actuar para que puedas mantener tus derechos para con tus nietos.

Categorías: DERECHO CIVIL

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